lunes, 18 de diciembre de 2017

Otra SENTENCIA a favor de las LEYES REPARATORIAS. La Justicia Federal Argentina hizo lugar a otra demanda de la Asociación Civil H.I.J.O.S.

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Por orden del Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N 6 otro Juicio al Estado por indemnizaciones a Victimas del Terrorismo de Estado y del Plan Cóndor se ha dictado a favor de las victimas y de la Asociación Civil H.I.J.O.S.

Así, el ESTADO ARGENTINO fue condenando a CUMPLIR un plazo de 15 DÍAS para OTORGAR LA INDEMNIZACIÓN PREVISTA en la ley 25.914 hacia otro joven que sin ser Hijo de Desaparecidos al haber sido privado ilegalmente de su libertad en relación a su madre y el esposo de su madre; y en conjunto a ellos, en la circunstancia del secuestro de su abuela, tíos y padrastro, el Estado consideró - como consecuencia de las acciones judiciales promovidas por loa Asociación - que el Beneficio debía ser otorgado, máxime en su segundo pago que contempla las LESIONES producidas por el Terrorismo de Estado.

A través del Fallo "IBARRA" se establece que "independientemente de los constantes movimientos administrativos que puede darle la Administración lo cierto es que mientras ellos no sean definitivos o concluyentes vulneran el entendimiento de la razonabilidad en términos de plazos..." y que "... La denegación por silencio es una herramienta que utiliza el ordenamiento para que el particular pueda accionar judicialmente ante el incumplimiento de la administración, pero en modo alguno transforma ese silencio en una manifestación de voluntad, simplemente porque aquélla nada hace ni dice, sino que, sencillamente, no actúa, es decir deja transcurrir el plazo sin resolver. En esta situación, constituye una exigencia desmedida y violatoria del derecho de defensa, pretender que el particular esté obligado a considerar denegada su petición por el solo vencimiento del plazo, toda vez que el silencio es un derecho que le asiste para paliar la omisión administrativa y no constituye una carga que se le imponga y cuya inobservancia resulta en perjuicio, agravando el daño ocasionado por el incumplimiento de la administración...” siendo que "... En este sentido, debe destacarse que ha transcurrido el plazo aplicable sin emitir la resolución, sin que se hayan probado causas eximentes relevantes para dispensar a la autoridad administrativa por la demora en que incurrió, en detrimento del interés del particular de obtener en tiempo razonable un pronunciamiento de la Administración...".

Tal sentencia se erige en el marco de la MORA que han adquirido los expedientes administrativos de Leyes Reparatorias para victimas del Terrorismo de Estado y del Plan Cóndor desde hace mas de 8 años. 


viernes, 8 de diciembre de 2017

El Recuerdo de Esther Ballestrino de Careaga. Historica Sentencia en la Argentina a los Responsables de los "Vuelos de la Muerte"


Editorial H.I.J.O.S. Paraguay

Es uno de los casos mas emblemáticos de ciudadanos Paraguayos Desaparecidos en Argentina. En 1947 huyó de Paraguay con la "Revolución de Febrero". Militante del Partido Febrerista y esposa del militante Raymundo Careaga; fue fundadora del movimiento de "Madres de Plaza de Mayo" en la Argentina cuando el Genocidio de dicho país - enmarcado en el Plan Cóndor - secuestró y desapareció a su hija Ana Maria Careaga y a su yerno Manuel Cuevas.

En 1977, Ana fue liberada, no obstante Esther o "Teresa" - como todos la conocían - volvió a "Madres de Plaza de Mayo" en la lucha por la Búsqueda de los Desaparecidos; los hijos e hijas de todas sus compañeras. Toda su familia debió partir al EXILIO en Suecia, a través de la asistencia del  ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LOS REFUGIADOS (ACNUR). Ella, volvió a la lucha.

Por volver a la lucha, fue secuestrada y desaparecida el 8 de Diciembre de 1977 junto a otras decenas de personas en los operativos conocidos como los secuestros de la "Iglesia de la Santa Cruz", a través de los cuales se buscó diezmar la organización de Familiares y Madres de Desaparecidos. 

Hace días el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Federal Nº 4 de la Ciudad de Buenos Aires condenó a PRISIÓN PERPETUA a TODOS LOS RESPONSABLES de los denominados "VUELOS DE LA MUERTE", técnica genocida a través de la cual se acreditó que Esther Ballestrino de Careaga y otras personas fueron arrojadas vivas al mar, luego de ser trasladadas con vida del Ex Centro Clandestino de Detención, Tortura y Exterminio de la Ex "ESCUELA DE MECÁNICA DE LA ARMADA (ESMA)".

La Justicia Federal Argentina, condenó por 2da vez, los Crímenes de Lesa Humanidad de los que resultó victima Esther Ballestrino de Careaga en la denominada "MegaCausa ESMA".

Sus restos - junto al de otras personas entre ellas los de la religiosa francesa: Leonie Henriette Duquet - fueron identificados por la Camara Federal de Apelaciones de la Ciudad de Buenos Aires y el Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF) en 2005 luego de haber sido exhumado de una Fosa Común ubicada en el Cementerio de General Lavalle, localidad de Buenos Aires donde habían sido trasladados los cuerpos de decenas de personas encontradas a orillas del Mar en la localidad contigua de Mar Chiquita.

Hoy; sus restos fueron Identificados, la Verdad de los hechos de los que fue victima fueron esclarecidos y la Totalidad de los Genocidas responsables de su secuestro; tortura, asesinato y desaparición forzada se encuentran Juzgados y Condenados.

Desde H.I.J.O.S. Paraguay celebramos tal condena, celebramos que a 40 años de los Crímenes de Lesa Humanidad de los que fue victima Esther Ballestrino de Careaga los caminos de la Verdad, la Memoria y la Justicia encuentren un Punto de Victoria que abraza la memoria de esta histórica militante por los derechos humanos y victima de los delitos de lesa humanidad.

A 40 años de dichos hechos, los Crímenes de Lesa Humanidad continúan siendo Juzgados. 

Memoria - Verdad y Justicia!!

Hijos por la Identidad y la Justicia contra el Olvido y el Silencio
(H.I.J.O.S.) - PARAGUAY